Logotipos Ministerio de Educación y Proyecto ARCE

Marco Teórico

Las aulas hospitalarias surgen de la necesidad que la sociedad tiene de resolver los problemas de escolaridad de aquellos niños que durante un período de tiempo, más o menos prolongado, deja de asistir al colegio de forma regular. El modelo más temprano de esta preocupación la tenemos en Francia, país que dio sus primeros pasos en este sentido a  finales de la 1ª guerra mundial, dentro de una política encaminada a proteger la salud infantil, expuesta a contagiarse de tuberculosis, creando para ellos las denominadas Escuelas de Pleno Aire. Pero será a finales de la Segunda Guerra Mundial cuando la escuela se introduzca de forma definitiva en los hospitales franceses, con la creación de los primeros puestos de enseñanza en los hospitales, que se vio reflejada con el decreto del 23 de julio de 1965, por el que se obligaba a dar atención escolar a los niños y adolescentes atendidos en los establecimientos sanitarios especializados (casas de cura, casas de carácter sanitario, etc.
En España el funcionamiento de estas aulas hospitalarias es más tardía, al menos desde el punto de vista legislativo; sin embargo, esta actuación a nivel particular en algunos hospitales ha venido siendo habitual desde el último cuarto del siglo XX, a través de una iniciativa de algunos profesionales ajenos a la escuela (enfermeras, auxiliares, celadores, etc.), que posibilitaron más tarde la llegada a los hospitales de maestros que dieron un nuevo enfoque a la atención del niño hospitalizado.

La primera referencia legislativa la encontramos en 1982, cuando se establece la actuación educativa que se debe llevar a cabo en los centros hospitalarios y que venía a desarrollar un principio básico establecido en nuestra Constitución (RCL 1978, 2836 Y ApNDL 2875) en la que se dice que todos los españoles tenemos derecho a la educación, siendo los encargados de eliminar cualquier obstáculo que lo dificulte los poderes públicos. A partir de ese momento se sucedieron toda una serie de Leyes, Reales Decretos y Órdenes en los que se define, tanto desde el punto de vista de la Educación Especial como de la Educación Compensatoria, la política que se llevará a cabo en estos centros. Toda esta actividad legislativa española sobre la actuación en el medio hospitalario es paralela a la problemática que en toda Europa hay sobre las actividades pedagógicas que se deben de desarrollar en los hospitales con los niños ingresados y que se recogen en la Carta Europea de los Derechos del Niño Hospitalizado aprobada por el Parlamento Europeo en 1986 (Serie A- Documento A 2-25/87-14 de abril de 1986.

Los objetivos generales que se pretende alcanzar se podrían resumir en los siguientes:

  • Proporcionar atención educativa al alumnado hospitalizado para asegurar la continuidad del proceso enseñanza/aprendizaje y evitar el retraso que pudiera derivarse de su situación.
  • Favorecer, a través de un clima de participación e interacción, la integración socioafectiva de las niñas y niños hospitalizados, evitando que se produzcan procesos de angustia y aislamiento.
  • Fomentar la utilización formativa del tiempo libre en el hospital, programando actividades de ocio de carácter recreativo y educativo en coordinación con otros profesionales y asociaciones que desarrollan acciones en el entorno hospitalario.